Entregas por petición
La empresa cumple cuando alguien pide; la información llega lo mejor posible y, si se pierde un correo, se vuelve a pedir.
Acceso permanente de consulta para la Representación Legal de los Trabajadores: fichajes, incidencias e informes, en el mismo momento que la empresa. No más entregas que dependen de un correo.
El derecho de la representación a acceder a los registros existe; el problema es el procedimiento cuando la organización del acceso no existe.
La empresa cumple cuando alguien pide; la información llega lo mejor posible y, si se pierde un correo, se vuelve a pedir.
Compilar a mano cada entrega como Excel abre la puerta a versiones distintas: qué se entregó exactamente y cuándo depende del archivador de cada caso.
Si la jornada correcta es la que dice el empleado o la que dice el Excel, el conflicto se repite cada mes: sin una fuente común, no hay forma de cerrarlo.
No hay sillas ni pantallas compartidas: la RLT entra a su propio espacio cuando lo necesita.
Das de alta a quien representa a la plantilla y le estableces un periodo de consulta. Es solo lectura: consulta, no modifica nada.
Fichajes del periodo, incidencias e informes acumulados. Si pide una cosa concreta, la filtra; los informes anteriores están ahí.
Las sesiones de consulta quedan registradas: qué periodo se consultó y cuándo. Cuando la representación cambia, reasignas el acceso.
Se envía el informe cada mes; con esto, además, cualquier contraste de cifras se resuelve mirando el mismo dato de registro.
Ver cómo quedan los informesFechas ilustrativas del ciclo: quien consulta entra cuando lo necesita, no solo el día 3.
El acceso de la RLT está delimitado a lo que dice la jornada. Ni nóminas, ni datos de gestión ni configuración interna.
Fichajes del periodo (hora y ubicación registrada), incidencias con su estado e informes mensuales completos y descargables.
No edita ni corrige; no accede a nómina, datos de RRHH ni configuración interna. Su vista es solo lectura, siempre.
Quien represente legalmente a tu plantilla: comité, delegados de personal o delegados sindicales según tu empresa. Se reasigna si la representación cambia.
Es la posibilidad de dar acceso de consulta permanente a la Representación Legal de los Trabajadores: los fichajes del periodo, las incidencias y los informes mensuales. La misma información que se entrega en cada resumen, disponible sin pedir ni esperar.
La ley reconoce a la RLT el derecho a los registros de jornada; el punto crítico es la periodicidad — el artículo 34.9 ET exige entregas y espacios. Con acceso permanente, ese reparto deja de depender de quién pida qué y con qué constancia.
Ve los fichajes y los informes: lo que el registro de jornada contiene. No ve nóminas ni datos de RRHH ajenos al registro. Los derechos de acceso al personal se aplican igual que en cualquier otro tratamiento del RGPD y de la LOPDGDD.
La entrega periódica sigue tal cual (la asegura el informe automático) y el acceso permanente la refuerza: la representación verifica lo que recibe contra el registro en el momento, sin esperar al ciclo siguiente ni depender de correos perdidos.
Sí: quedan las sesiones de consulta y se sabe qué se ha podido ver. La transparencia es recíproca: quien consulta, deja igualmente rastro en el sistema.
No. El informe se genera y se entrega como siempre; es solo que además la RLT puede consultarlo en cualquier momento. Si una entrega puntual falla, la información sigue accesible.
La misma jornada, vista por la empresa y por la representación, sin esperar entregas ni reconstruir PDFs.