EL MARCO GENERAL

¿Qué es el control de jornada?

El control de jornada laboral es el conjunto de herramientas y procedimientos con los que tu empresa conoce, organiza y acredita el tiempo efectivo de trabajo de cada persona.

Va más allá del registro: empieza por definir el tipo de jornada de cada puesto, continúa con el fichaje diario de entradas y salidas, y termina con el control de las horas extraordinarias, los descansos y los informes ante la representación legal de los trabajadores.

Un buen control de jornada protege a la empresa ante sanciones y a tu equipo ante discrepancias sobre horas o retribución. Es un escudo, no un policía.

Qué cubre Tipo de jornada, fichaje, extra y descansos
Meta Cumplir sin fricción para nadie
Según la ley Registro inalterable y trazable
TIPOS DE JORNADA

Tipos de jornada y su control

Cada tipo de jornada se controla de forma distinta, regulada por el Estatuto de los Trabajadores y el convenio aplicable.

Jornada a tiempo completo

Es la ordinaria del convenio, alrededor de 40 horas semanales. Se controla con fichaje de entrada, pausas y salida.

Jornada parcial

A tiempo parcial exige, además del registro, acreditar el número de horas pactadas. El fichaje aquí es tu mejor prueba.

Jornada partida

La que divide la jornada en dos tramos con pausa entre ambos. Requiere registrar el inicio y el fin de cada bloque.

Jornada continuada y turnos

La continuada tiene pausa propia según convenio; los turnos añaden rotaciones. Ambos se controlan igual: registro por jornada.

Ver los métodos de registro horario en detalle →

LA PIEZA CENTRAL

El registro: la pieza central del control

Todos los tipos de jornada convergen en lo mismo: el registro. El Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo obliga a las empresas a dejar constancia diaria de la jornada efectiva de cada trabajador.

Ese registro no es un trámite decorativo: la Guía del MITES (2019) y la doctrina del TJUE (C-55/18) exigen que sea inalterable y con trazabilidad. Sin un registro válido, el resto del control de jornada —horas extra, descansos, turnos— pierde su fuerza ante la Inspección. Y si no existe, la LISOS — Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social — clasifica su ausencia como infracción grave.

Detalle de la obligación de registro →
HORAS EXTRA Y DESCANSO

Horas extra, descansos y representación legal

El control de jornada no termina con el fichaje: vigila también las horas extraordinarias y el cumplimiento de los descansos.

El art. 35 del Estatuto de los Trabajadores regula las horas extraordinarias: son voluntarias (salvo pacto o convenio), se pagan o compensan con descanso, y tienen un límite de 80 horas al año para la mayoría de los regímenes. Para controlarlas, el registro debe distinguir claramente la jornada ordinaria de la extraordinaria.

El mismo cuidado requiere el descanso: entre jornadas y el semanal obligatorio. Una jornada partida sin pausa contabilizada mal, o una acumulación de extra sin cuadrar, se convierte en un problema ante una visita de la Inspección.

Si tu empresa tiene representación legal de los trabajadores (RLT), el registro se pone a su disposición cada mes. Hacerlo de forma automática te ahorra malentendidos y te acredita buena fe.

Ver todos los detalles de cumplimiento legal →
TELETRABAJO Y MOVILIDAD

Teletrabajo y movilidad

Teletrabajo

El control de jornada no desaparece porque tu equipo trabaje en remoto: el registro marca la actividad, no la silla de la oficina. El fichaje se hace desde el móvil o la web.

Equipos en movilidad

Técnicos, repartidores o cuadrillas que cambian de ubicación controlan su jornada desde donde estén, con la geolocalización registrada solo en el momento del fichaje.

Varias ubicaciones por jornada

El registro se asocia a cada zona o cliente. Controlas horas y cumplimiento sin llamar uno por uno, y los informes se segregan por centro o contrata.

LA SOLUCIÓN

Cómo te ayuda Geornada

Llevar el control de jornada no debería ser otro problema. Geornada se configura en 10 minutos y trabaja solo.

Un registro para cada tipo de jornada

Fichaje diario desde el móvil o la web para jornadas completas, parciales, partidas o turnos. Cada marca guarda fecha, hora y tipo sin poder alterarse después.

Horas extra, descansos y RLT, sin hojas de cálculo

El cierre mensual se genera solo, distingue ordinarias y extraordinarias y llega con acuse de recibo a la representación legal de los trabajadores. Nada de cuadrar a mano.

Teletrabajo y movilidad cubiertos

Fichaje en remoto sin geolocalización para oficinistas, y geolocalización puntual (solo al fichar, conforme a RGPD) para equipos en movilidad. Tú eliges cómo controlas.

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FAQ

Preguntas frecuentes sobre el control de jornada

El control completo cubre el tipo de jornada pactado, el fichaje diario de inicio, pausas y fin, las horas extraordinarias, los descansos y el resumen mensual ante la representación legal de los trabajadores si la hay.

En una jornada partida debes registrar el inicio y el fin de cada tramo, con la pausa intermedia contabilizada. Así quedan claras las horas efectivas de trabajo y el respeto del descanso.

Las horas extra son voluntarias (salvo pacto o convenio), se pagan o compensan con descanso y tienen un límite de 80 horas al año (art. 35 del Estatuto de los Trabajadores). El registro debe distinguirlas de la jornada ordinaria para que sean controlables.

Igual que presencialmente: el fichaje marca la actividad, no la ubicación. Desde el móvil o la web se registran entradas y salidas, y la geolocalización se puede desactivar si no la necesitas para cumplir el RGPD.

Sí, cuando existe representación legal de los trabajadores (RLT), el resumen de jornada se pone a su disposición cada mes. Hacerlo de forma automática, con acuse de recibo, te evita malentendidos y acredita buena fe.

El plan Básico parte de 3 EUR por empleado al mes, sin permanencia. Un equipo de 5 personas son 15 EUR al mes y el registro, los informes y el acceso de la RLT van incluidos.

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