👤 Autónomos y registro de jornada Registro de jornada para autónomos

Respuesta corta: no, la Ley 8/2019 no obliga a los autónomos a registrar su propia jornada. La obligación recae sobre las empresas con empleados por cuenta ajena. Pero hay matices importantes que debes conocer si eres autónomo y trabajas para otras empresas.

La Ley 8/2019, de 5 de abril, de medidas urgentes de prevención y protección laboral para la jornada laboral, modificó el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores para exigir a todas las empresas el registro diario de la jornada de sus empleados. La ley habla de «personas trabajadoras» por cuenta ajena. Los autónomos no entran en esa categoría.

Dicho esto, hay situaciones en las que un autónomo sí se ve afectado por la obligación de registro, aunque no sea él quien deba hacerlo. Te explicamos los casos.

¿Cuándo un autónomo sí está implicado en el registro de jornada?

Autónomo con empleados

Si eres autónomo y tienes uno o más empleados por cuenta ajena, la obligación de registrar su jornada es tuya. La ley no distingue entre una empresa de 200 empleados y un autónomo con un único trabajador. Si hay relación laboral por cuenta ajena, necesitas un sistema de fichaje que cumpla con la Ley 8/2019y la STS 23/03/2021.

Muchos autónomos creen que por tener una plantilla pequeña están exentos. No es así. La Inspección de Trabajo sanciona igual a un autónomo con un empleado que a una gran empresa. De hecho, las pymes y autónomos son el colectivo más sancionado porque suelen usar métodos no válidos como el WhatsApp o el papel.

Autónomo que trabaja para una empresa (TRADE)

Si eres un autónomo económicamente dependiente (TRADE) y trabajas de forma habitual para una empresa, la situación cambia. Aunque tú no estás obligado a registrar tu jornada, la empresa para la que trabajas sí debe registrar las horas que pasas en sus instalaciones o realizando tareas para ella.

No se trata de controlar tu horario como autónomo, sino de que la empresa tenga constancia de tu presencia a efectos de su propio registro de jornada. Si la empresa tiene empleados y además contratas servicios de autónomos, debe poder diferenciar unos de otros en sus registros.

Falso autónomo

Este es el caso más delicado. Si trabajas para una empresa con horario, dependencia y exclusividad, pero estás dado de alta como autónomo, la Inspección de Trabajo puede considerar que eres un falso autónomo. En ese caso, la empresa debería haberte tenido de alta en la Seguridad Social como empleado y, por tanto, registrar tu jornada.

Si la Inspección determina que existe una relación laboral encubierta, la empresa se enfrenta a una sanción grave y tú puedes reclamar el reconocimiento de tu relación laboral. El registro de jornada es una de las pruebas que usa la Inspección para detectar estas situaciones.

¿Debe un autónomo llevar su propio registro de jornada?

Aunque no sea obligatorio, recomendamos a cualquier autónomo que lleve un registro de su actividad. No por cumplir la ley, sino por protegerse:

  • Para facturar horas reales:si trabajas por proyectos o por horas, un registro detallado te ayuda a facturar con precisión y a defender tus honorarios.
  • Para separar vida laboral y personal:los autónomos tienden a difuminar la frontera entre trabajo y descanso. Un registro te ayuda a poner límites.
  • Para justificar tu actividad ante Hacienda:en caso de inspección fiscal, un registro de horas y ubicaciones puede ser útil para acreditar tu actividad.
  • Para evitar conflictos con clientes:si un cliente cuestiona las horas dedicadas a su proyecto, un registro objetivo resuelve la discusión.

Geornada también es para autónomos

Aunque Geornada está diseñada para empresas con empleados, también funciona para autónomos que quieran llevar un control de su propia jornada. El plan individual te permite:

  • Fichar con un clic desde el móvil.
  • Ver tu histórico de jornadas con geolocalización.
  • Exportar informes mensuales para tu contabilidad.
  • Definir zonas de trabajo si te desplazas entre clientes.

Y si tienes empleados, el plan único de Geornada cubre toda la plantilla desde 12,90 €/mes con geolocalización, informes automáticos y acceso para la RLT. Sin permanencia. Listo en 10 minutos.

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