Multas por no tener control horario en 2026: cuantías, riesgos y cómo evitarlas
¿Sabes cuánto puedes llegar a pagar por no registrar la jornada de tus empleados? Las sanciones actuales van de 751 € a 7.500 € por infracción grave. Pero 2026 trae una reforma que podría multiplicar esas cifras.
No es alarmismo: el art. 7.5 de la LISOS (Real Decreto Legislativo 5/2000) clasifica la falta de registro de jornada como infracción grave desde 2019. Y la Inspección de Trabajo está actuando.
En este artículo te explicamos las multas actuales, qué está cambiando en 2026 y cómo proteger tu empresa.
La sanción actual: 751 € a 7.500 € por infracción grave
El artículo 7.5 de la LISOS establece que «no llevar a cabo el registro de la jornada» o «no conservar los registros durante el plazo establecido» es una infracción grave.
Las cuantías, según el artículo 40.1 de la misma ley, son:
- Grado mínimo: 751 € a 1.500 €
- Grado medio: 1.501 € a 3.750 €
- Grado máximo: 3.751 € a 7.500 €
La Inspección de Trabajo determina el grado según la gravedad, la reincidencia, el número de trabajadores afectados y el perjuicio causado.
Dato importante: estas cuantías son por cada acta de la Inspección, no por trabajador. Si tienes 20 empleados sin registro, la sanción es de hasta 7.500 € (no 20 × 7.500 €). Al menos de momento.
Lo que cambia con la reforma LISOS 2026
En 2026 está en tramitación una reforma del LISOS que introduce un cambio crítico: las sanciones podrían aplicarse por trabajador afectado.
Esto significa que si la reforma se aprueba, una empresa con 20 empleados sin registro podría enfrentarse a una sanción de hasta 150.000 € (20 × 7.500 €).
La reforma también refuerza:
- La obligación de registrar también las horas extraordinarias.
- El acceso de la RLT a los registros.
- La conservación de los registros durante 4 años.
Aunque la reforma está en tramitación y puede sufrir modificaciones, la tendencia es clara: más sanciones, más altas y más difíciles de eludir.
Otras consecuencias de no tener registro de jornada
La multa no es lo único a lo que te enfrentas:
Carga de la prueba inversa. Desde la STS 23/03/2021, si un empleado reclama horas extras o discrepancias en su jornada, eres tú quien debe demostrar que el registro es correcto. Sin un sistema fiable, es tu palabra contra la suya.
Reclamaciones de cantidad. Los empleados pueden reclamar horas extras no registradas. Sin un sistema inalterable, es difícil demostrar que realmente trabajaron menos de lo que dicen.
Daño reputacional. Una sanción de la Inspección de Trabajo es pública. Puede afectar a tu reputación como empleador y a tu capacidad para contratar con clientes grandes, que exigen cumplimiento normativo.
¿Cómo evitar las multas?
La respuesta es simple: necesitas un sistema de registro de jornada que cumpla con los requisitos legales. Es decir:
- Que registre inicio, fin y pausas de cada trabajador cada día.
- Que sea inalterable, con trazabilidad de cualquier cambio.
- Que genere informes automáticos con acuse de recibo para la RLT.
- Que conserve los datos durante 4 años.
Y necesitas que sea fácil de usar, porque si es complicado, tus empleados no lo usarán y el registro será incompleto.
Calcula el riesgo de tu empresa
Cada empleado sin registrar es una posible sanción. Usa nuestra calculadora para estimar tu exposición económica actual:
No esperes a que llegue la inspección. Configurar un sistema como Geornada lleva 10 minutos y desde el primer día estás cubierto.
¿Qué hacer si ya tienes una inspección?
Si la Inspección ya ha contactado contigo, no cunda el pánico. Implementa un sistema de registro inmediatamente. Aunque no borra el pasado, demuestra que desde ese momento cumples. Y eso puede ayudar a reducir la sanción.
Geornada se configura en minutos. Tus empleados fichan desde el móvil con geolocalización. El informe mensual se genera y envía solo. Sin papeleo, sin complicaciones.